Se debe colocar cartelería y/o elementos de identificación en vidrieras y cajas.
La Secretaría de Comercio Interior, a través de la Resolución 449/2020, obliga a comerciantes y prestadores de servicios a informar en sus puntos de venta y/o páginas web todos los medios de pago aceptados, tanto electrónicos como físicos.
Según lo dispuesto, los proveedores deberán colocar cartelería y/o elementos de identificación o similares, tanto en las vidrieras de los establecimientos y en las líneas de caja, como en las páginas web, exhibiendo de manera precisa y claramente visible, los medios de pago aceptados.
Finalmente, se establece que los incumplimientos a lo establecido en la presente resolución, conforme las previsiones de la Ley Nº 24.240 y sus modificatorias, serán sancionados de la siguiente manera:
Apercibimiento
Multa de PESOS CIEN ($ 100) a PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000)
Decomiso de las mercaderías y productos objeto de la infracción
Clausura del establecimiento o suspensión del servicio afectado por un plazo de hasta TREINTA (30) días
Suspensión de hasta CINCO (5) años en los registros de proveedores que posibilitan contratar con el Estado
La pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare.
(Foto ilustrativa)